Estructura del Código
Libro Primero
Del Sistema de Justicia Civil y Familiar
Libro Segundo
De la Jurisdicción Contenciosa
Libro Octavo (Foco de Estudio)
De la Justicia Digital
Libro Octavo
De la Justicia Digital (Arts. 931 - 950)
Artículo 931. Validez Legal
La infraestructura tecnológica que utilicen las Autoridades Jurisdiccionales para la tramitación de los juicios deberá garantizar la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información.
Artículo 933. El Expediente
El Expediente Electrónico se integrará con todas las promociones, documentos y resoluciones. Los Secretarios y Jueces darán fe de las actuaciones mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada dentro del Sistema de Gestión Judicial.
Artículo 941. Notificaciones Digitales
Las Partes y Litigantes deberán contar con un Buzón Judicial asignado por la Plataforma Tecnológica. El sistema emitirá un Acuse de Recibo automatizado que servirá como constancia legal de la notificación.
Artículo 945. Interoperabilidad
Los Sistemas de Justicia Digital de las distintas entidades federativas deberán cumplir con Estándares de Interoperabilidad que permitan la comunicación entre instituciones y el reconocimiento de firmas electrónicas recíprocas.
Protocolo de Audiencia Virtual
Las audiencias a distancia requieren que las Personas Juzgadoras verifiquen la identidad de los Testigos o Peritos mediante Sistemas de Identificación Biométrica o la validación de documentos digitales originales bajo la Arquitectura de Seguridad institucional.